TÍTULO VIII. FEDERACIONES DE RAMO
Art. 118. Las Federaciones de Ramo son el mecanismo por el que los sindicatos de la CNT de un mismo ramo se coordinan para la realización de trabajos sindicales de tipo técnico, como son el estudio de las condiciones específicas en un determinado sector, preparación de plataformas reivindicativas, diseño de campañas de lucha, edición de material propagandístico, publicaciones de información sindical, etc. Art. 119. Los órganos decisorios de la CNT, como ya ha quedado dicho, se encuentran en la estructura territorial de ésta. En las federaciones de Ramo solo hay capacidad para coordinar y concretar la acción sindical de la CNT en el ramo queRead More →